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  • Foto del escritorLic. Carlos G. Suncin Sarmiento

¿Tendré que pagar impuestos anuales sobre mi propiedad?

Derechos de posesión Las propiedades "ROP" no pagan impuestos anuales como lo hacen las propiedades tituladas.


El impuesto predial sobre una propiedad titulada es del 2 %/año con base en el precio de compra indicado en el "Contrato de transferencia de escrituras" que se inscribirá en el registro nacional. Los impuestos sobre la propiedad se generarán con posterioridad a la inscripción del "Contrato de Transferencia de Títulos" en el registro nacional. Pueden pasar algunos meses antes de que venza el pago de impuestos.


Si el precio de compra de la propiedad es menor a $30,000us, la propiedad no generará impuestos sobre la propiedad.


Si registra su propiedad como "Patrimonio de la Familia", obtendrá una exoneración del impuesto predial sobre los $ 120,000 iniciales del valor registrado de la propiedad.


Ejemplo usando una propiedad titulada comprada por $200,000us:

- Precio de compra de la propiedad $200,000us menos $30,000us (deducción básica) = $170,000us monto que generará impuestos anuales sobre la propiedad si su propiedad no cumple con los requisitos de "Patrimonio Familiar".

- Si su propiedad cumple con los requisitos de "Patrimonio Familiar". Precio de compra de la propiedad $200,000us menos $120,000us = $80,000us, es el monto que generará un impuesto predial del 2%/año. Nuestro abogado le ayudará con este proceso de "presentación".


Nota: consulte a su abogado antes de comprar una propiedad en Panamá, ya que las reglas de Bienes Raíces pueden modificarse en cualquier momento.

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